introducción

La filiación es un tema de gran relevancia en el ámbito del derecho familiar, especialmente en el contexto de las nuevas formas de procreación, como la gestación asistida. La reciente Sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca de 2 de diciembre de 2025 aborda la impugnación de la paternidad en un caso donde la madre gestante busca cuestionar el reconocimiento de paternidad del padre registral, quien alega haber participado activamente en la crianza del menor. Este artículo examina los aspectos legales y éticos que rodean la figura de la paternidad por complacencia y el principio del interés superior del menor.

la figura de la paternidad por complacencia

La paternidad por complacencia se refiere a situaciones en las que una persona reconoce a un hijo que no es biológicamente suyo, generalmente con el consentimiento de la madre. Este reconocimiento se basa en la idea de que la relación afectiva y el cuidado del menor son fundamentales para establecer la filiación. Sin embargo, el Código Civil español, en su artículo 113, establece que la filiación puede ser impugnada si se demuestra que el reconocimiento no se basa en una relación biológica o en un vínculo afectivo genuino.

el caso de la Audiencia Provincial de Huesca

En el caso analizado, la madre gestante impugna la paternidad del padre registral, argumentando que su reconocimiento fue una mera complacencia y no refleja una verdadera intención de asumir responsabilidades parentales. Por su parte, el padre registral sostiene que ha participado activamente en la vida del menor, cuidándolo y formando parte de su educación. Este tipo de disputas pone de manifiesto la complejidad de la filiación en el contexto de la gestación asistida y la necesidad de proteger los derechos del menor.

interés superior del menor

El principio del interés superior del menor es un pilar fundamental en el derecho de familia. Según el artículo 39 de la Constitución Española, los poderes públicos deben garantizar la protección integral de los hijos, y este principio se refleja en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño. En el contexto de la paternidad por complacencia, el interés del menor debe ser la consideración primordial al decidir sobre la filiación.

En este sentido, la Audiencia Provincial de Huesca deberá evaluar si la continuidad de la relación con el padre registral es beneficiosa para el menor, a pesar de la impugnación de la paternidad. La jurisprudencia ha señalado que la existencia de una relación afectiva sólida puede ser suficiente para mantener el vínculo, incluso en ausencia de un lazo biológico.

la doble paternidad y sus implicaciones

La cuestión de la doble paternidad se presenta como un dilema en este tipo de casos. Si bien el reconocimiento de dos padres puede ofrecer al menor un entorno familiar más rico, también puede generar conflictos legales y emocionales. La Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción asistida, establece que la madre gestante es la única madre legal, a menos que haya un acuerdo previo que estipule lo contrario. Esto implica que el reconocimiento de la paternidad por complacencia no siempre garantiza la protección de los derechos del menor.

Además, la existencia de un padre registral que ha asumido un papel activo en la crianza del menor plantea interrogantes sobre la estabilidad emocional del niño. La ruptura de este vínculo podría tener consecuencias negativas en su desarrollo, lo que refuerza la importancia de considerar el interés superior del menor como criterio decisivo en la resolución del caso.

conclusión

La Sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca de 2 de diciembre de 2025 pone de relieve las complejidades legales y emocionales que surgen en los casos de filiación por gestación asistida. La paternidad por complacencia, aunque pueda parecer un mecanismo para establecer vínculos familiares, debe ser analizada con cautela, teniendo en cuenta el interés superior del menor. La jurisprudencia y la normativa vigente ofrecen un marco para abordar estas situaciones, pero cada caso es único y requiere un análisis cuidadoso. Por ello, es fundamental que los implicados busquen asesoramiento profesional para entender las implicaciones legales de sus decisiones y proteger los derechos del menor en todo momento.